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La Declaración Anual de Operación con Terceros (DAOT) es una declaración tributaria de tipo informativa que, el ejercicio 2021 deben presentar los sujetos que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones: i) El monto de sus ventas y adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción que sea superior a las 75 UIT (S/330.000).
Se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta quienes en el 2021 hubieran obtenido utilidad o pérdida de Tercera categoría y que hubieran estado afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta. 𝙍𝙀𝘾𝙐𝙀𝙍𝘿𝘼: 𝙉𝙤 𝙥𝙧𝙚𝙨𝙚𝙣𝙩𝙖𝙧 𝙡𝙖 𝙙𝙚𝙘𝙡𝙖𝙧𝙖𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙨𝙚 𝙘𝙤𝙣𝙛𝙞𝙜𝙪𝙧𝙖 𝙡𝙖 𝙞𝙣𝙛𝙧𝙖𝙘𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙦𝙪𝙚 𝙨𝙚
Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2021 aprobada mediante Resolución de Superintendencia N° 195-2021/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano, el 30 de diciembre; Para que sea posible esta presentación, los formularios virtuales se encontrarán disponibles de acuerdo con las siguientes fechas: ✅ El Formulario Virtual N° 709 Renta Anual – Persona

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