Tributax SAC

  • Inicio
  • Servicios
  • Experiencia
  • Nosotros
  • Blog
  • Contáctenos
lunes, 12 agosto 2024 / Published in Laboral

¿Te depositaron la gratificación y no sabes si es el monto correcto?

Las gratificaciones son beneficios económicos otorgados dos veces al año, en julio y en diciembre. Este mes de julio correspondió a la gratificación de fiestas patrias, pero algunos trabajadores esperaban recibir un monto mayor al recibido. Si crees que el cálculo que han realizado es incorrecto, aquí te mencionamos las bases para que puedas calcular dicho beneficio.

  • El trabajador debe tener como mínimo un mes laborando en la empresa.
  • Los trabajadores de pequeñas empresas tienen el derecho a la mitad de la gratificación.
  • No se encuentran afectas a contribuciones o descuentos a menos que el trabajador sea un deudor alimentario.
  • Las faltas injustificadas que hayan tenido en el periodo se deducirán a razón de un treintavo del mes correspondiente.
  • Se recibe con base a la última remuneración
  • No reciben gratificación aquellos trabajadores que laboren menos de 4 horas diarias o que se encuentren laborando en una microempresa inscrita en el REMYPE.

Para calcular la gratificación se debe sumar el último ingreso bruto y multiplicarlo por los meses trabajados, dividirlo entre 6 y agregarle el porcentaje del seguro de Essalud o del seguro EPS, dependiendo del seguro que se encuentre inscrito.

Un ejemplo del cálculo correcto es:

Daniel ha trabajado en la empresa desde 1ro de febrero del 2024, percibe un ingreso mensual de 2,000 soles desde febrero a mayo y en junio obtuvo un aumento a 2,500 soles. Además, se encuentra asegurado en Essalud y la empresa es considerada como “Pequeña empresa”.

What you can read next

Precisan reglas para devolución de aportes del Fonavi
Congreso oficializa ley que permite retiro de hasta S/ 17,600 de la AFP
Más personas acceden a la banca

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Recent Posts

  • ¿Nuevo Fraccionamiento especial para Deudas tributarias elimina los intereses?

    ¿Nuevo Fraccionamiento especial para Deudas tri...
  • ¿Bancarización a partir de 600 soles?¿Qué es el Perfil de Cumplimiento Tributario?

    ¿Bancarización a partir de 600 soles?¿Qué es el...
  • Vencimiento para la programación de la DAOT 2021

    La Declaración Anual de Operación con Terceros ...
  • 𝗥𝗘𝗡𝗧𝗔 𝗔𝗡𝗨𝗔𝗟 𝟮𝟬𝟮𝟭

    Se encuentran obligados a presentar la Declarac...
  • Cronograma de vencimiento anual 2021

    Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Rent...

Suscríbete a Nuestros Boletines!

No le enviaremos spam ni compartiremos su información.

Contáctanos

Escríbenos y te responderemos en el menor tiempo posible.

Llámanos

978 014 854

WhastApp

978 014 854
964 860 786

Email

kestrada@tributaxsac.com

Síguenos

© 2018 TRIBUTAX SAC. Todos los derechos reservados.
Diseñado por: www.tandaperu.com
TOP